El martes se aprobó una resolución del supremo, por la cual, con efecto desde noviembre 2018 : LAS PERSONAS CON UNA INCAPACIDAD QUE NO HAYAN TRAMITADO SU CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD, NO TENDRÁN LA CONDICIÓN DE PERSONA CON DISCAPACIDAD Y POR TANTO EN LA CONTRATACIÓN NO PODRÁN SER CONSIDERADAS COMO TAL.